Reduccióngeneral: 15 por 100. Normativa: disposición adicional octava Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre (BOE de 1 de diciembre) y disposición adicional primera Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre (BOE de 2 de diciembre). Para 2022 se ha establecido una reducción del rendimiento neto de módulos del 15 por 100 aplicable

Paraque tenga la consideración de primera actividad, no se debe haber ejercido ninguna actividad en el año anterior a la fecha de inicio de la actual (por la que aplicas la reducción), pero es importante tener en cuenta que: . Sólo se considera que se ha iniciado una actividad cuando se hubieran tenido rendimientos positivos. Por lo tanto

Eltipo general de gravamen para los contribuyentes de este Impuesto será el 25 por ciento. No obstante, las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, al tipo del 15 por ciento, excepto si, de acuerdo con lo

Períodosimpositivos de aplicación de la reducción por inicio de actividad. Descripción. La consultante ha iniciado una Se ha alcanzado el límite semanal de aA5R4IC.